¿Cómo se aplica el tiempo en mora en la compra de sentencias?
Toda entidad que se encuentre en un proceso de compra de sentencias de reparación económica a
sus víctimas, debe cumplir con el pago de la misma pero en un tiempo establecido
anteriormente, de no ser así están obligados a realizar el pago lo antes
posible con un valor adicional por la mora causada en el tiempo que hay un incumplimiento.
En el caso de una sentencia, solo aplica la generación de los intereses
de mora cuando se incumple con el tiempo pactado en el pago de la sentencia
para aquellas personas que realizaron el proceso completo de la sentencia.
Según la normatividad es necesario conocer:
En el Decreto 01 de 1984 del código contencioso administrativo, es
necesario revisar el artículo 173, 176 y por último el 177.
Una mejor explicación se puede encontrar dentro de la Ley 1437 de 2011:
- Todas las sentencias son diferentes, así que es mejor revisar a detalle cuales aplican y en que momento se realiza este proceso.
- Uno de los requisitos es que la entidad a la cual se interpuso la sentencia debe realizar el pago de esta en un tiempo no mayor a 10 meses.
- El pago de los intereses moratorios solamente se recibirá para aquellos beneficiarios que cuenten con una sentencia ejecutoriada.
- El paso siguiente es la conciliación que se requiere en la ley 1395 de 2010.
Con la ley 1437 de
2011 el estado tiene que garantizar el pago por parte de las entidades involucradas
en el tiempo estipulado y siempre reconociendo el pago de los intereses generados.
Diferentes
tipos de intereses
Es necesario conocer en primera medida que la tasa de interés es un
dinero que se debe pagar adicional por lo que se tiene invertido o lo que se
debe pagar, pero para las sentencias existen las siguientes formas:
- Interés legal: el 6% para un año es el cobro de este tipo de interés.
- Interés corriente bancario: el interés estipulado por las entidades financieras para ser aplicado en los créditos solicitados por las personas.
El tiempo de pago de una sentencia es de 14 meses iniciados desde que la
sentencia se encuentra ejecutoriada. Para el caso de las conciliaciones, se demora en hacer el pago la
entidad 7 meses.
¿Es mejor elegir los intereses o la indexación?
Anteriormente se realizo la explicación de como recibir los intereses
moratorios, pero no es la única opción que se puede tomar, también existe la
indexación que básicamente busca que con el paso del tiempo el dinero no pierda
su valor.