La compra de sentencias le proporciona liquidez sin esperar indefinidamente el pago de una entidad estatal.
El Decreto establece lineamientos para que las entidades estatales agilicen el proceso de reconocimiento de las sentencias judiciales como deudas públicas porque deben atribuirse a los beneficiarios que llevan años esperando. Compensación económica correspondiente al país en el que fueron víctimas de la inacción o acción del Estado colombiano, y por estar sujetos a mecanismos puramente nacionales y no tomar decisiones por otros medios legales (como la compra de leyes penales), no recibieron este pago.
Hay que tener en cuenta que, como establece el artículo 53 de la Ley de 1955 de 2019: “La obligación de pagar es responsabilidad exclusiva de la entidad”, y el gobierno nacional solo actuará como actor supervisor. Dicho pago también depende de que: "La entidad nacional será la encargada de subir la información adecuada sobre el beneficiario final en la SIIF Nación (Sistema Integrado de Información Financiera)".
Lo anterior significa que el Decreto N ° 642 de 11 de mayo de 2020 establece que es necesario reconocer y agilizar los trámites para el pago de las sentencias en rebeldía y liquidaciones registradas al 25 de mayo de 2019 como deuda pública, pero debe considerar que esto también depende de La configuración y eficiencia de cada entidad encargada de ponerse al día.
Beneficios de usar Conactivos para acelerar los pagos
Si bien no ignoramos la disposición del país para cumplir con el pago correspondiente al beneficiario, debemos mencionar que existen una serie de condiciones que pueden retrasar el proceso de pago, y la rapidez no es tan rápida como la gente necesita, especialmente en este momento que vive el país. La crisis económica fue provocada por la propagación del coronavirus, que ha desestabilizado la economía de los colombianos.
Por ejemplo, le dan a la entidad nacional correspondiente el plazo máximo del 31 de diciembre de 2020 para la aceptación del convenio de pago, lo que significa que el pago de este monto se trasladará al año siguiente. En el caso de la compra de una sentencias gestionada por Conactivos, el beneficiario podrá recibir el pago anterior antes de finalizar el 2020, pues el tiempo máximo de espera es de tres meses si se dispone de los documentos necesarios.
También se debe tomar en consideración que para acceder al convenio de pago se debe aceptar la suspensión de intereses dentro de los cinco (5) meses a partir de la fecha de firma del convenio de pago, y referirse al interés moratorio que determine la Corte Constitucional como “para pagar a los acreedores en el momento oportuno".
Esto significa que además de diferir el pago de la deuda, el beneficiario no recibirá intereses durante el mes pactado que anteriormente era obligatorio. Este es otro punto, en donde la compra de sentencias es la solución más eficaz para completar este proceso, ¿Qué tiene que ver esto con la compra de sentencias que puede estar sujeto al acuerdo de pago?
Recordemos que es la compra de sentencias...
Es la solución legal más rápida y efectiva que actualmente se encuentra disponible para los beneficiarios de sentencias judiciales ejecutadas por entidades públicas en Colombia. La solución se logra mediante la asignación de créditos por las sentencias judiciales anteriores y con base en diferentes factores como la cantidad de sentencias, pero en cualquier caso, el resultado es que las personas pueden disfrutar de pagos puntuales en lo que más necesitan.
La compra de sentencias es una forma de que los beneficiarios obtengan dinero por adelantado como víctimas del Estado, y puedan abandonar con seguridad los procedimientos administrativos y judiciales, porque está en manos de Conactivos que pueden estar seguros de la fecha en la que pueden disfrutar del dinero.